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2. Agronómico: Se trata de conseguir una eficacia en la protección fitosanitaria del cultivo y, al mismo tiempo, minimizar los riesgos toxicológicos y ambientales.

El residuo real del plaguicida sobre los alimentos, cuando son tratados en “buenas prácticas agrícolas” debe ser inferior al nivel permisible evaluado toxicológicamente. Si no es así no podría autorizarse o bien debería restringirse el número de cultivos sobre los que se puede aplicar, para no superar la IDA.

Un LMR muy...

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