*Retenciones con carácter definitivo:Cuando las empresas realicen la distribución de dividendos retendrán el 4.1% de dichos montos, por concepto de impuesto a la renta con carácter de pago definitivo para quienes perciben los dividendos.
*Ganancia de Capital: están gravados con el Impuesto a la Renta de Segunda Categoría, las ganancias de capital que perciban las personas naturales, por los siguientes valores mobiliarios: Acciones y valores que se transfieran dentro y fuera de bolsa,Capitales
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