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PROCESO CONTENCIOSO-AMDMISNITRATIVO grupos: Procedimiento ordinario: es un procedimiento escrito para importes de menos cuantía. Procedimiento abreviado: Es un procedimiento verbal donde se señala la materia objeto del recurso. Procedimientos especiales: Son tramitación por razones de la materia. A estas tres clases de procedimientos se les aplica ·una serie de disposiciones comunes, las cuales, afectan a cuatro materias:  Plazos: En todos los procedimientos C-A los plazos se computan como...

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RECURSOS CONTRA LAS RESOLUCIONES JUDICIALES. RECURSOS DE APELACIÓN Y CASACIÓN CONTRA SENTENCIAS Son recursos que se pueden interponer por cualquiera de las partes contra las disposiciones judiciales con las que no están conformes. Se regula en la ley 29/1998. Tipos de recursos: a) Reposición (art. 79 y 102 bis): Es un recurso que la ley permite frente a resoluciones procesales de menor entidad. Se tiene que interponer en los 5 días siguientes de la notificación de la resolución que no compartimos....

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PROCEDIMIENTO ORDINARIO:Es el procedimiento que está previsto para las materias de mayor cuantía.fases:Interposición del recurso: Es el trámite que da inicio al recurso C-A. A éste escrito se tiene que acompañar los siguientes documentos: el que acredite la representación (poder notarial); la justificación de comentos de la actuación administrativa que recurrimos; si el cliente es una persona jurídica se exige aportar también el acuerdo de esa persona jurídica en el que se decide interponer...

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artículo 9.3 CE. El principio de legalidad es una manifestación singular de la regla básica de obligatoriedad general de las normas jurídicas; todos los sujetos están obligados a obedecer, cumplir y aplicar la totalidad de las normas válidas en un sistema normativo, con independencia del origen, naturaleza y rango de las mismas; esta obligación recae sobre todos los ciudadanos, pero también sobre todos y cada uno de los poderes públicos. El principio de legalidad pretende resaltar un aspecto...

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ECEJUTORIEDAD DE LOS ACTOS Es la capacidad de la Administración para exigir el cumplimiento de su contenido aun en contra de la voluntad de los interesados. Esto puede verse alterado por la suspensión ·(paralizar la eficacia), la cual, puede darse en dos vías:  Suspensión Administrativa: Es cuando la administración decide la suspensión. La interposición de un recurso administrativo NO suspende la eficacia del acto (art. 117 Ley 39/2015), ya que para que ésta se suspenda la administración...

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CÓMO SE PRACTICAN LAS NOTIFICACIONES 1º. Preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso...

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ÓRGANO ADMINISTRATIVO Son las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo. Cada AP está compuesta por órganos, los cuales a su vez están integrados por unidades. Todo ello conformando una organización jerárquica. Sólo la AP tiene personalidad jurídica, no los órganos que la componen. Clases: Por su... a. Origen normativo: Órganos constitucionales y ordinarios. b. Ámbito territorial:...

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ADM 11

VÍAS PARA INTENTAR INVALIDAR UN ACTO:A. Revisión de actos favorables nulos:Esta vía se inicia de oficio o a solicitud de interesado. Esto permite invalidar actos que declaran derechos o reconocen alguna facultad. Esta vía se puede utilizar cuando se aprecia un vicio de nulidad absoluta (de pleno dº o más grave). Esta vía es imprescriptible (no tiene plazos). Este procedimiento exige el dictamen favorable del Consejo de Estado (o el órgano consultivo de la CA), el cual, es un informe preceptivo...

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Características generales de las actiones poenales.Las acciones poenales a las que tiene derecho la víctima del delito, su páter familias o su dominus son las siguientes: Cumulatividad: Las acciones poenales son acumulables en dos sentidos: Si el delito lo cometió más de una persona, cada uno debe pagar la pena completa, excepto el caso de que sea daño injusto cometido por varios esclavos del mismo dueño. En segundo lugar se contempla la Cumulatividad en el hurto en que la actio furti no...

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